Buenos Aires, Agosto 17 de 2011 CIRCULAR PARCIAL A las Comisiones Ejecutivas, Delegados y Asociados que prestan Servicios en las Empresas: Metrovías S.A; Ferrovías S.A.C; Trenes de Buenos Aires S.A; UGOFE Línea Roca S.A, Línea Belgrano Sur S.A, Línea San Martín; Ferrocentral; y Ferrocarril Belgrano S.A. Ref.: Vales Alimentarios - Incorrecta Aplicación Ley 26.341 y Decreto 198/08, Nos dirigimos a los Compañeros asociados en general con la finalidad de informar que con fecha 08 de julio último, la Unión Ferroviaria solicitó al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social arbitrara los mecanismos necesarios para que las distintas Empresas Ferroviarias subsanen la errónea interpretación y aplicación de lo dispuesto por la Ley 26.341 y Decreto N° 198/08, mediante la cual los trabajadores han visto depreciados sus salarios como consecuencia del traspaso progresivo y escalonado que ha sufrido el valor de los Vales Alimentarios. La solicitud interpuesta y registrada en el Ministerio de Trabajo, Empleo y Segundad Social se encuentra desde el 18 de julio pasado en la Dirección de Asuntos Jurídicos de dicha cartera laboral, a fin que se expida sobre la petición planteada. El planteo efectuado no hace más que reafirmar el compromiso que la Organización mantiene con todos los trabajadores dependientes de las empresas mencionadas, y demostrar que el salario es la fuente de ingreso de la familia ferroviaria y no debe verse depreciado por la errónea aplicación que el sector empleador efectúe de la normativa vigente. El salario como tal es fuente de dignidad y libertad, valores que la Unión Ferroviaria siempre ha defendido y defenderá en beneficio de los compañeros asociados. Consecuentemente y estando en proceso de tramitación la reclamación interpuesta, cabe agregar que cualquier novedad que se produzca sobre el particular será puesta oficialmente en conocimiento de los compañeros asociados por los canales habituales de la Organización. |
jueves, 18 de agosto de 2011
CIRCULAR
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